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Tu Jubilación Anticipada

Cálculos y penalizaciones

Con 25 años cotizados, ¿cuánto me queda de pensión? Cálculo y ejemplos 2026

Con 25 años cotizados en 2026 te corresponde el 73,78% de tu base reguladora. Te explicamos el cálculo exacto, la edad de acceso y dos ejemplos reales.

tujubilacionanticipada.com 10 min de lectura Actualizado: 28 de septiembre de 2026

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Ilustración editorial en tintas planas de una persona de mediana edad revisando una hoja de cálculo con años y porcentajes junto a una calculadora
Ilustración generada con inteligencia artificial. Es un dibujo editorial: no representa a personas ni hechos reales.
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Este artículo es orientativo y no constituye asesoría legal ni laboral. Para una planificación personalizada, consulta con nuestro equipo profesional.

Con 25 años cotizados en 2026 te corresponde el 73,78 % de tu base reguladora, según la escala transitoria del artículo 210 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Superas de sobra el mínimo de 15 años exigido para tener derecho a pensión, pero no llegas al 100 %, que solo se alcanza con 36 años y 6 meses cotizados.

Esta guía explica, con la normativa vigente en 2026, cómo se traduce ese porcentaje en un importe concreto de pensión, a qué edad puedes acceder a ella con 25 años cotizados y qué ocurre si el resultado del cálculo queda por debajo de la pensión mínima legal. Está pensada para quien se acerca a la jubilación con una carrera de cotización de unos 25 años —por ejemplo, tras periodos de paro, trabajo a tiempo parcial o incorporación tardía al mercado laboral— y quiere saber, con cifras reales, cuánto le quedaría de pensión.

Qué porcentaje de tu base reguladora te da 25 años cotizados

El importe de la pensión contributiva de jubilación se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora, y ese porcentaje depende exclusivamente de los años y meses cotizados. Según el artículo 210.1 LGSS y la escala transitoria aplicable entre 2023 y 2026:

  • Los primeros 15 años cotizados dan derecho al 50 % de la base reguladora.
  • A partir del mes 181, cada uno de los 49 meses siguientes (hasta el mes 229) suma 0,21 puntos porcentuales.
  • Cada uno de los 209 meses siguientes (hasta el mes 438) suma 0,19 puntos porcentuales.
  • El 100 % se alcanza con 36 años y 6 meses cotizados (438 meses).

Con exactamente 25 años cotizados (300 meses), los 120 meses que superan el mínimo de 15 años se reparten así: los primeros 49 meses suman 49 × 0,21 = 10,29 puntos, y los 71 meses restantes suman 71 × 0,19 = 13,49 puntos. El resultado es 50 + 10,29 + 13,49 = 73,78 % de la base reguladora.

Porcentaje de la base reguladora según años cotizados
15 años: 50 % 50 % 15 años 20 años: 62,38 % 62,38 % 20 años 25 años: 73,78 % 73,78 % 25 años 30 años: 85,18 % 85,18 % 30 años 36 años y 6 m.: 100 % 100 % 36 años y 6 m.

Fuente: escala transitoria del artículo 210 LGSS y DT 9.ª LGSS, boe.es.

Porcentaje de la base reguladora según años cotizados
CategoríaValor
15 años 50 %
20 años 62,38 %
25 años 73,78 %
30 años 85,18 %
36 años y 6 m. 100 %

Como muestra el gráfico, cada año adicional cotizado por encima del mínimo aumenta el porcentaje, pero no de forma lineal ni indefinida: la escala tiene dos tramos con incrementos distintos (0,21 y 0,19 puntos por mes) y se detiene en el 100 %. Puedes ver el detalle completo tramo a tramo en nuestra tabla de jubilación por años cotizados.

Cómo se calcula el importe: de la base reguladora al euro final

Para saber cuánto te queda de pensión con 25 años cotizados hacen falta dos datos: el porcentaje que acabamos de calcular (73,78 %) y tu base reguladora, es decir, el promedio de tus bases de cotización de un periodo determinado. Desde el 1 de enero de 2026, la base reguladora se calcula dividiendo las 302 bases de cotización más altas de los últimos 304 meses entre 352,33, según la disposición transitoria 40.ª LGSS. Puedes ver el cálculo completo en nuestra guía sobre la base reguladora de la pensión de jubilación.

El importe bruto de la pensión se obtiene multiplicando esa base reguladora por el 73,78 %. Si el resultado es inferior a la pensión mínima legal que te corresponda, la Seguridad Social lo completa con el complemento a mínimos; si es superior al límite máximo de pensión pública —3.359,60 €/mes en 2026, según el Real Decreto 241/2026—, se recorta hasta ese tope.

Con una carrera de cotización de unos 25 años es habitual arrastrar lagunas de cotización —periodos sin cotizar por desempleo, excedencias o trabajo no declarado— que reducen el promedio de las bases y, por tanto, la base reguladora final. Estas lagunas se integran con reglas propias antes de calcular el promedio; puedes ver cómo afectan exactamente en nuestra guía sobre las lagunas de cotización.

Cómo cambia tu pensión si sigues cotizando más años

Los 25 años cotizados no son necesariamente el punto final de tu carrera: si sigues trabajando, cada año adicional cotizado aumenta tanto el porcentaje aplicable a la base reguladora como, potencialmente, la propia base reguladora, si las nuevas cotizaciones son más altas que las que sustituyen en el promedio. Esta tabla, calculada con la misma escala del artículo 210.1 LGSS, muestra el porcentaje según distintos años cotizados a partir de los 25 actuales:

Años cotizadosPorcentaje de la base reguladoraAcceso a jubilación anticipada
25 años73,78 %No (faltan 8 años para la involuntaria)
28 años80,62 %No (faltan 5 años para la involuntaria)
33 años92,02 %Sí, involuntaria (art. 207.1.c) LGSS)
35 años96,58 %Sí, voluntaria e involuntaria (arts. 207 y 208 LGSS)
36 años y 6 meses100 %Sí, ambas modalidades

Como muestra la tabla, llegar a los 33 años cotizados no solo mejora el porcentaje (del 73,78 % al 92,02 %), sino que además abre la puerta a la jubilación anticipada involuntaria, según el artículo 207.1.c) LGSS. Eso sí, esa modalidad exige además estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud, y la reducción por anticipar la edad se calcula aparte, según los tramos mensuales de los arts. 207.2 y 208.2 LGSS.

A qué edad puedes jubilarte con 25 años cotizados

Los 25 años cotizados dan derecho a pensión (superan de sobra el mínimo de 15 años de carencia, según el artículo 205.1.b) LGSS), pero no bastan para acceder a la jubilación anticipada: la modalidad voluntaria exige 35 años cotizados y la involuntaria, 33 años, conforme a los artículos 208.1.b) y 207.1.c) LGSS.

Además, con 25 años cotizados no alcanzas el umbral de 38 años y 3 meses que en 2026 da acceso a la edad reducida de 65 años, según la disposición transitoria 7.ª LGSS. Eso significa que, si tu carrera de cotización se detiene en 25 años, tu edad ordinaria de jubilación en 2026 es de 66 años y 10 meses, no 65. Puedes consultar los dos umbrales completos en nuestra guía sobre la edad de jubilación en 2026.

Si sigues trabajando y cotizando hasta el momento de jubilarte, tus años cotizados totales aumentarán respecto a los 25 actuales, lo que puede acercarte tanto al umbral de los 38 años y 3 meses como a un porcentaje más alto sobre la base reguladora.

Dos ejemplos numéricos con 25 años cotizados

Ejemplo numérico 1. Un trabajador cumple 66 años y 10 meses en 2026 con 25 años cotizados y una base reguladora de 1.600 €/mes.

  • Porcentaje aplicable: 73,78 %.
  • Pensión bruta: 1.600 € × 73,78 % = 1.180,48 €/mes.
  • Ese importe supera la pensión mínima de jubilación para titular sin cónyuge a cargo (13.106,80 €/año, es decir, 936,20 €/mes en 14 pagas, según el Real Decreto 241/2026), por lo que no necesita complemento a mínimos.
  • Pensión final: 1.180,48 €/mes.

Ejemplo numérico 2. Una trabajadora cumple 66 años y 10 meses en 2026 con 25 años cotizados y una base reguladora más baja, de 950 €/mes.

  • Porcentaje aplicable: 73,78 %.
  • Pensión bruta: 950 € × 73,78 % = 700,91 €/mes.
  • Ese importe es inferior a la pensión mínima de 936,20 €/mes, por lo que recibe el complemento a mínimos: 936,20 € − 700,91 € = 235,29 €/mes, sujeto a los requisitos de rentas que fija la Seguridad Social para este complemento. Puedes consultar los importes completos en nuestra guía sobre la pensión mínima de jubilación en 2026.
  • Pensión final: 936,20 €/mes.

Estos dos ejemplos muestran que, con los mismos 25 años cotizados y el mismo porcentaje del 73,78 %, el importe final puede variar mucho según la base reguladora: quien tiene una base reguladora alta cobra directamente el resultado del cálculo, mientras que quien tiene una base reguladora baja puede acabar cobrando la pensión mínima gracias al complemento.

Qué pasa si tienes menos de 25 años cotizados

Si tu carrera de cotización es más corta —por ejemplo, en torno a los 15 años exigidos como mínimo—, el porcentaje aplicable baja considerablemente y el riesgo de necesitar el complemento a mínimos aumenta. Puedes ver un caso concreto con el mínimo legal de cotización en nuestra guía sobre la pensión mínima con 15 años cotizados. Si ni siquiera llegas a esos 15 años de cotización mínima, no tienes derecho a pensión contributiva y debes valorar la vía no contributiva, como explicamos en el caso de quien tiene 52 años y no llega a los 15 años cotizados. En el extremo opuesto, con una carrera larga, puedes ver cómo funciona la jubilación con 40 años cotizados.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje de la base reguladora corresponde con 25 años cotizados? El 73,78 %, según la escala transitoria del artículo 210.1 LGSS: 50 % por los primeros 15 años, más 10,29 puntos por los siguientes 49 meses y 13,49 puntos por los 71 meses restantes hasta los 25 años.

¿Con 25 años cotizados puedo jubilarme de forma anticipada? No. La jubilación anticipada voluntaria exige 35 años cotizados y la involuntaria, 33 años, según los artículos 208.1.b) y 207.1.c) LGSS. Con 25 años solo se puede acceder a la jubilación ordinaria, a los 66 años y 10 meses en 2026.

¿Cuánto tengo que cotizar para llegar al 100 % de la pensión? 36 años y 6 meses (438 meses), según la disposición transitoria 9.ª LGSS. Con 25 años cotizados quedan 11 años y 6 meses para alcanzar ese porcentaje máximo.

¿Qué pasa si mi pensión calculada con 25 años cotizados es muy baja? Si el resultado queda por debajo de la pensión mínima legal, la Seguridad Social lo completa con el complemento a mínimos hasta alcanzar esa cuantía, sujeto a los requisitos de rentas que fija la Seguridad Social.

¿La base reguladora se calcula igual con 25 años cotizados que con una carrera más larga? Sí. Desde el 1 de enero de 2026 la base reguladora se calcula igual para todos los casos: las 302 bases de cotización más altas de los últimos 304 meses, divididas entre 352,33, según la disposición transitoria 40.ª LGSS. Lo único que cambia según los años cotizados es el porcentaje que se aplica sobre esa base.

Conclusión

Con 25 años cotizados en 2026 te corresponde el 73,78 % de tu base reguladora, un porcentaje que da derecho a pensión pero que aún está lejos del 100 % (reservado a quien acredita 36 años y 6 meses) y que no permite acceder a la jubilación anticipada, para la que hacen falta al menos 33 o 35 años cotizados según la modalidad. El importe final depende de tu base reguladora concreta: si el cálculo queda por debajo de la pensión mínima, el complemento a mínimos garantiza un suelo. Revisar tu vida laboral y tu base reguladora real es el paso imprescindible para saber, con cifras propias, cuánto te quedaría de pensión.


Recuerda: esta información es orientativa. Las circunstancias personales varían. Consulta siempre con nuestro equipo profesional antes de tomar decisiones sobre tu jubilación.

Revisado por Javier Rodríguez, Escalón 26, Seguridad Social — Gestión de pensiones de ex-funcionarios. Fecha de revisión: 28 de septiembre de 2026.

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