Me quedan 2 años para jubilarme: qué revisar ahora para no perder dinero
Si te quedan dos años para jubilarte, revisa ahora tu vida laboral, tu base reguladora y el límite de pensión 2026 para no perder dinero al decidir.
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Este artículo es orientativo y no constituye asesoría legal ni laboral. Para una planificación personalizada, consulta con nuestro equipo profesional.
Si te quedan dos años para jubilarte, ese margen es justo el que necesitas para tomar decisiones que cambian tu pensión de forma permanente, no para dejarlas para el último mes. En este plazo todavía puedes corregir lagunas de cotización, decidir si te compensa esperar a tu edad legal exacta o anticiparte, comprobar si tu base reguladora se va a topar por el límite máximo de pensión pública y organizar tus ahorros privados antes del hecho causante.
Esta guía repasa, con las cifras normativas vigentes en 2026, los cinco puntos que conviene revisar en los dos últimos años antes de jubilarte: tu vida laboral y el umbral de cotización que determina tu edad legal real, la comparación numérica entre esperar y anticipar, tu base reguladora y el tope legal de pensión, qué hacer con tus ahorros privados, y cuándo puedes presentar la solicitud ante la Seguridad Social.
Qué revisar primero: tu vida laboral y el umbral que fija tu edad legal real
El primer error habitual es asumir una edad de jubilación “redonda” —65 años, por ejemplo— sin comprobar antes cuántos años tienes realmente cotizados. Según la disposición transitoria séptima de la LGSS, tu edad legal ordinaria en 2026 depende de tu periodo cotizado en el momento del hecho causante:
- 65 años, si acreditas 38 años y 3 meses cotizados o más.
- 66 años y 10 meses, si acreditas menos de 38 años y 3 meses.
La diferencia entre estar por encima o por debajo de ese umbral es de casi dos años de edad legal, así que conviene pedir tu informe de vida laboral cuanto antes y proyectar, mes a mes, cuántos años tendrás cotizados exactamente cuando cumplas la edad a la que piensas jubilarte. No es lo mismo “me faltan dos años para los 65” que “en dos años tendré 38 años y 3 meses cotizados”: son dos comprobaciones distintas y solo la segunda te dice si a los 65 accedes sin ningún coeficiente reductor.
Esperar o anticipar: la diferencia numérica en tu pensión
Si tu vida laboral confirma que en dos años vas a superar el umbral de 38 años y 3 meses, tu edad legal será de 65 años exactos. Llegado ese punto, la decisión real es si esperar esos dos años o adelantarte por la vía anticipada voluntaria (art. 208 LGSS, hasta 24 meses de anticipo, mínimo 35 años cotizados) o involuntaria (art. 207 LGSS, hasta 48 meses, mínimo 33 años).
Ejemplo numérico 1. Un trabajador de 63 años acredita ya 38 años y 6 meses cotizados, por encima del umbral, por lo que su edad legal es de 65 años tanto ahora como dentro de dos años. Su base reguladora es de 2.100 €/mes y, al superar los 36 años y 6 meses cotizados, su porcentaje sobre la base reguladora es del 100 % (art. 210.1 LGSS).
- Si espera a los 65 (dentro de 2 años): accede sin coeficiente reductor. Pensión:
2.100 € × 1,00 = 2.100 €/mes. - Si se jubila ahora, a los 63, con 24 meses de anticipo por la vía voluntaria (cumple los 35 años cotizados exigidos): con 38 años y 6 meses cotizados le corresponde el tramo B de la tabla oficial de coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria, con un coeficiente del 19,00 % a 24 meses de anticipo. Pensión:
2.100 € × (1 − 0,19) = 1.701 €/mes. - Diferencia: 399 €/mes de forma permanente, unos 5.586 €/año en cómputo de 14 pagas, solo por esperar los dos años que le quedan.
Fuente: tabla oficial de coeficientes reductores de la jubilación anticipada voluntaria, seg-social.es.
| Categoría | Valor |
|---|---|
| Esperar a los 65 | 2100 € |
| 12 meses de anticipo | 1989,75 € |
| 24 meses de anticipo | 1701 € |
La barra de 12 meses de anticipo (coeficiente del 5,25 % en el tramo B) da una pensión de 2.100 € × (1 − 0,0525) = 1.989,75 €/mes, un punto intermedio que confirma que cada mes de anticipo adicional tiene coste, y que ese coste no es igual en cada tramo de la escala, como ya se explica en la guía sobre coeficientes reductores.
El error que más dinero cuesta: no comprobar si de verdad llegas al umbral
El segundo ejemplo es, en la práctica, el fallo más caro que se puede cometer en estos dos años: dar por hecho que se llega a la edad legal de 65 sin haber comprobado antes el umbral de cotización.
Ejemplo numérico 2. Una trabajadora de 63 años tiene hoy 36 años cotizados y una base reguladora de 1.850 €/mes. Si sigue cotizando sin lagunas durante los dos años que le quedan, a los 65 tendrá 38 años cotizados exactos, todavía por debajo de los 38 años y 3 meses que exige la DT 7.ª LGSS. Su edad legal real seguirá siendo 66 años y 10 meses, no 65.
Si se jubila igualmente a los 65 pensando que ya “le toca”, en realidad está accediendo por la vía anticipada, con un anticipo de 22 meses respecto a su verdadera edad legal (66 años y 10 meses − 65 años = 1 año y 10 meses). Cumple el requisito de 35 años cotizados de la vía voluntaria (tiene 38), y con 38 años cotizados le corresponde el tramo A de la tabla (menos de 38 años y 6 meses), con un coeficiente del 14,67 % a 22 meses de anticipo. Al superar los 36 años y 6 meses cotizados, su porcentaje sobre la base reguladora también es del 100 %.
- Pensión teórica sin coeficiente reductor:
1.850 € × 1,00 = 1.850 €/mes. - Pensión con el coeficiente del 14,67 %:
1.850 € × (1 − 0,1467) = 1.578,61 €/mes. - Pérdida mensual permanente: 271,39 €, unos 3.799,46 €/año en 14 pagas, por no haber revisado con antelación que su edad legal real no eran los 65 años.
Si hubiera comprobado su vida laboral con dos años de margen, habría podido decidir con conocimiento de causa: esperar hasta los 66 años y 10 meses para cobrar los 1.850 €/mes completos, o asumir conscientemente el anticipo y su coste, en lugar de descubrirlo al presentar la solicitud.
Revisa tu base reguladora y el límite máximo de pensión en 2026
Desde el 1 de enero de 2026, la base reguladora se calcula con las 302 bases de cotización más altas de los últimos 304 meses, divididas entre 352,33 (DT 40.ª LGSS). En estos dos últimos años antes de jubilarte, cada base mensual que cotices —o que dejes de cotizar— puede modificar el resultado, así que es el momento de comprobar en tu vida laboral si hay lagunas de cotización recientes que convenga evitar.
Pero hay un límite que conviene revisar antes de hacer ningún cálculo: el tope máximo de pensión pública, fijado en 2026 en 3.359,60 €/mes (47.034,40 €/año) por el RD 241/2026. Si tu base reguladora estimada ya se sitúa por encima de esa cifra con el 100 % del porcentaje aplicado, seguir cotizando por bases más altas en estos dos años no aumentará tu pensión, porque el resultado queda topado igualmente. En ese caso, conviene dirigir el esfuerzo de planificación a otras palancas —fecha exacta de jubilación, ahorro privado— antes que a maximizar la base de cotización de los últimos meses.
Qué hacer con tus ahorros y tu plan de pensiones en estos dos años
Además de la pensión pública, estos dos últimos años son el momento de revisar tus ahorros privados. Si tienes un plan de pensiones, comprueba con antelación las modalidades de rescate disponibles y su fiscalidad, regulada por la normativa del IRPF, porque la forma de rescate (capital, renta o mixto) afecta a cuánto tributas y en qué ejercicio fiscal. Si vas a dejar de trabajar antes de la edad legal, valora también si te compensa suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para no dejar de cotizar durante el tramo final, y si existe un gap económico entre el cese de tu actividad y el cobro de la pensión que necesites cubrir con ahorro disponible.
Cuándo y cómo presentar la solicitud ante la Seguridad Social
La Seguridad Social permite presentar la solicitud de pensión de jubilación hasta 3 meses antes de la fecha en la que quieres que se produzca el hecho causante, sin que eso adelante el cobro: los efectos económicos empiezan a partir del día siguiente a esa fecha. No es necesario ni conviene esperar al último día: tramitarla con antelación te da margen para corregir errores en la documentación antes de que llegue la fecha elegida. La solicitud puede presentarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde también puedes consultar el estado del expediente.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si mi edad legal de jubilación en 2026 es 65 años o 66 años y 10 meses? Depende de los años cotizados que acredites en el momento del hecho causante: 65 años si tienes 38 años y 3 meses cotizados o más, y 66 años y 10 meses si tienes menos, según la disposición transitoria séptima de la LGSS. Pide tu vida laboral para comprobarlo con exactitud.
Si me quedan 2 años para jubilarme, ¿me compensa esperar o anticiparme? Depende de tu base reguladora y de tu tramo de años cotizados, pero como muestra el primer ejemplo de esta guía, esperar los dos años que faltan hasta la edad legal exacta elimina por completo el coeficiente reductor, mientras que anticiparte esos mismos dos años puede suponer una pérdida permanente de varios cientos de euros al mes, según la tabla oficial de coeficientes reductores.
¿Puedo perder dinero por pensar que ya tengo la edad legal sin comprobarlo? Sí. Como muestra el segundo ejemplo, si no llegas al umbral de 38 años y 3 meses cotizados, tu edad legal real es de 66 años y 10 meses, no de 65, y jubilarte a los 65 sin saberlo implica un anticipo con coeficiente reductor que puede costarte varios cientos de euros al mes de forma permanente.
¿Con cuánta antelación puedo solicitar la pensión de jubilación? Hasta 3 meses antes de la fecha en la que quieres que se produzca el hecho causante, según la Seguridad Social. Presentarla con margen te permite corregir errores en la documentación antes del hecho causante.
Conclusión
Los dos últimos años antes de jubilarte son el momento de comprobar, con datos concretos y no con suposiciones, cuál es tu edad legal real según tus años cotizados, cuánto te costaría anticiparte frente a esperar, si tu base reguladora ya se topa con el límite máximo de pensión de 2026 y qué hacer con tus ahorros privados antes del hecho causante. Como muestran los dos ejemplos numéricos de esta guía, la diferencia entre revisar estos puntos con antelación o no hacerlo puede suponer varios cientos de euros al mes durante el resto de tu pensión.
Recuerda: esta información es orientativa. Las circunstancias personales varían. Consulta siempre con nuestro equipo profesional antes de tomar decisiones sobre tu jubilación.
Revisado por Javier Rodríguez, Escalón 26, Seguridad Social — Gestión de pensiones de ex-funcionarios. Fecha de revisión: 4 de septiembre de 2026.